Ante una situación de impago de salario o retraso continuado durante 3 meses consecutivos, el trabajador puede instar a la indemnización indemnizada del contrato.
El FGS es responsable subsidiario del pago del salario en los casos de insolvencia empresarial aunque con el límte de 150 días y €/día.
Tan solo el 20% de las empresas que se crean superan los 3 años de vida.
El 70% de las causas de insolvencia en las empresas sin causadas por carencias en la gestión que podrían ser evitadas contando con la interveción de buenos profesionales.
La mayor parte de las empresas damiliares no supera con éxito el relevo generacional.
La mayor parte de las empresas medianas y pequeñas no conoce las herramientas necesaria para detectar a tiempo sus debilidades y promover medidas correctoras.
Menos del 90% de las empresas que entran en un proceso de concurso de acreedores sobrevive debido en un gran porcentaje a la falta de detección precoz de los síntomas internos de insolvencia.
la reclamcaión de los impagados de menos de 300€ no requiere de abogados. La mayor parte pueden cobrarse a través de un peqeño trámite ya un mínimo coste.
Un gran porcentaje de empresarios desconoce que riesgos patrimoniales y económicos asume a título particular en el devenir de su actividad empresarial.
Una gran parte de las deudas de la empresa no son reclamadas por la creencia de la escasa "efectividad" de als reclamaciones judiciales.
La Ley permite recuperar las cuotas de IVA de lo CREDITOS IMPAGADOS.
Ante un despido por causas económicas el pago del 40% de la indemnización lo asume el FGS.
Existen clausulas de descuelgue salarial y las empresas pueden evitar la aplicación de los pactos colectivos de revisión salarial.